MISOGINIA Y DERECHO

Por Pilar Rassa

El trabajo se constituye en un elemento primordial en el funcionamiento de la economía, es por ello que la división sexual del trabajo se constituye en la base de las inequidades de género que se manifiestan en lo laboral, tanto en el área productiva como a la reproductiva. Esto es, tanto en el trabajo que realizan las mujeres en el trabajo remunerado como no remunerado.

IMG_20160329_101413

Las mujeres históricamente hemos tenido un rol “natural” que cumplir en el ámbito privado, aun cuando hemos incursionado en el ámbito laboral, no estamos exentas de cumplir con los roles socialmente asignados en lo doméstico, por lo cual tenemos que adecuar nuestros tiempos para cumplir una doble jornada. Esto se da en los diferentes oficios o profesiones.

IMG_20160329_101427

Al igual que en otras carreras, las mujeres hemos incursionado en el campo del derecho, mismo que hasta hace pocos años se consideraba reservado exclusivamente para hombres, recordemos que también han existido claros direccionamientos para las ocupaciones laborales o profesionales, dirigiéndolas ya sea a hombres o mujeres. Por ejemplo la docencia pre primaria y primarias, enfermería, secretariado, recepcionista, estaban destinados casi exclusivamente a mujeres; frente a la feminización de éstas, los salarios siempre fueron bajos, sin tomar en cuenta años de estudio, capacitación u otros factores.

IMG_20160329_114943

Una profesión «de hombres» en la que incursionan cada vez más mujeres, se las ve como amenaza y el odio o desprecio a lo femenino se hace presente. En el ejercicio de la profesión o en la administración de justicia las mujeres estamos expuestas a la misoginia.

No es raro encontrar casos de abogadas que han sido obligadas a cumplir funciones diferentes para la cual se capacitaron, con un salario menor, a pesar de su título o que en cumplimiento de sus funciones, no sean tratadas con el mismo respeto que se trataría a un abogado hombre. Tampoco es difícil hallar a usuarias del sistema judicial a quienes se les deniega justicia por ser mujeres.

Casos como el de María Fernanda, quien solicitaba justicia y la respuesta que obtuvo de un funcionario judicial es que ella tiene lo que se merece por tener una relación con un hombre casado o el Sorayda, cuya teoría del caso era que el delito del que estaba acusada lo había cometido porque tenía una relación extramatrimonial, no son difíciles de encontrar.

Se habla de un nuevo “modelo de justicia”, pero este no es una realidad en tanto las mujeres no tengamos un verdadero acceso a ésta, operadores/as de justicia dispuestos a transformar y transformarse. El modelo actual lo que hace es reproducir patrones machistas y patrialcales, a decir de Alda Facio “… repensar el derecho y su función social, es un desafío que va más allá de contar con “buenas leyes” o con “buenas resoluciones judiciales” para las mujeres. Significa hacer de esta disciplina un instrumento transformador que desplace los actuales modelos sexuales, sociales, económicos y políticos hacia una convivencia humana basada en la aceptación de la otra persona como una legítima otra y en la colaboración como en resultante de dicho respeto a la diversidad.

Deja un comentario